https://www.bandomovil.com/userFiles/Va/VaurhDECLARACIONRESPONSABLE.doc no esimagenhttps://www.bandomovil.com/userFiles/Tz/TzIHCSOLICITUDTERRAZA.doc no esimagen APERTURA PLAZO SOLICITUD OCUPACION VIA PUBLICA, CON MESAS, SILLAS Y OTROS TERRAZAS 2022.
  • 17-Marzo-2022 08:30
    Info General


     Asunto. Comunicando  Apertura Plazo Solicitud Ocupación Vía Publica , con Mesas, Sillas y otros elementos  (Terraza) 2022.


            La Ordenanza Fiscal Reguladora de la Ocupación de la Vía Pública con mesas sillas  y otros elementos análogos, con finalidad lucrativa,  aprobada  por el Pleno de este Ayuntamiento, en su sesión celebrada el día 04 de octubre de 2012, cuyo texto integro se publico en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres  número 249 de fecha 27 de diciembre de 2012, en su articulo 4º. Se establece  la  necesidad de  PRESENTAR SOLICITUD  PARA OBTENER LA LICENCIA DE OCUPACIÓN, así como las obligaciones  y otras circunstancias,  y  cuyo texto literalmente, DICE:

    Artículo 4.- Normas de gestión.

    1. Las cantidades exigibles con arreglo a las Tarifas se liquidarán por cada aprovechamiento solicitado o realizado y serán irreducibles  y se concederán para el periodo 1 de enero al 31 de diciembre de cada año, sin que se pueda prorratear.

     Prorrogándose de forma automática, caso de no existir denuncia expresa,  por cualquiera de las partes, hasta la solicitud de una nueva licencia, que deberá presentarse antes del día 15 de febrero del año siguiente al vencimiento de la concesión del año anterior.

    2. Las personas o entidades interesadas en la concesión de aprovechamientos regulados en esta Ordenanza deberán solicitar previamente la correspondiente licencia en el modelo que se les facilitará en el Ayuntamiento, aceptando los compromisos y obligaciones  siguiente:

     a) Formular declaración en la que conste la superficie del aprovechamiento y los elementos que se van a instalar, así como un plano detallado de la superficie que se pretende ocupar y de su situación dentro del Municipio.

    b) Dejar un espacio suficiente en las aceras para que pasen las personas y en la calzada de la vía pública, espacio suficiente par que pase un vehículo a motor de cuatro ruedas(turismo), al menos  y la superficie a ocupar, no podrá superar la anchura de la fachada del local, ni cortar el acceso a las viviendas o locales colindantes.

    c) Si se observara cualquier incumplimiento en las condiciones de la licencia concedida, se notificará sin mas al interesado, la retirada de la licencia dándole un plazo de diez días para que presente las alegaciones que consideré oportunas.

    Al mismo tiempo se le instruirá expediente sancionador por infracción a esta ordenanza.

    3. Los servicios técnicos de este Ayuntamiento comprobarán e investigarán las declaraciones formuladas por los intere­sados, concediéndose las autorizaciones de no encontrar diferencias con las peticiones de licencias; si se dieran di­ferencias, se notificarán las mismas a los interesados y se girarán, en su caso, las liquidaciones complementarias que procedan concediéndose las autorizaciones una vez subsanadas las diferencias por los interesados y, en su caso, realizados los ingresos complementarios que procedan.

    4. En caso de denegarse las autorizaciones, los interesados podrán solicitar a este Ayuntamiento la devolución del im­porte ingresado.

    5. No se consentirá la ocupación de la vía pública hasta  se haya obtenido la correspondiente licencia por los interesados.  El incumplimiento de este mandato podrá dar lugar a la no concesión de la licencia sin perjuicio del pago de la tasa y de las sanciones y recargos que procedan.

    6. Una vez autorizada la ocupación se entenderá prorrogada mientras no se acuerde su caducidad por la Alcaldía o se presente baja justificada por el interesado o por sus legítimos representantes en caso de fallecimiento.

    7. La presentación de la baja surtirá efectos a partir del día primero del período natural de tiempo siguiente señalado en el epígrafe de la Tarifa que corresponda.  Sea cual sea la causa que se alegue en contrario, la no presentación de la baja determinará la obligación de continuar abonando la tasa.

    8. Las autorizaciones tendrán carácter personal y no podrán ser cedidas o subarrendadas a terceros.  El incumplimiento de este mandato dará lugar a la anulación de la licencia.

            Por otro lado la Comisión de  Agricultura Obras y Urbanismo de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 08 de junio de 2.016, dictamino  fijar  las siguientes condiciones de obligado cumplimiento, que serán comprobadas de forma periódica:

            a) Mediante Bando de la Alcaldía se terminara el horario para:

                 1.-Poner y retirar las mesas y sillas de la Terraza.

                 2.-Poner  música en la terraza.

            b) Deberá instalar papelera y ceniceros en las mesas para evitar que se arrojen al suelo  restos de cigarros, papeles u otros.

           c)  Se deberá dejar al menos una distancia de 80 centímetros a contar desde la fachada,   en la acera  para garantizar que puedan pasar los ciudadanos, por la misma…..

             Respetar y cumplir las instrucciones  dadas por la Junta de  Extremadura, que se encuentran en vigor, sobre lucha contra el COVID,  que obligan a cumplir una serie de medidas  en las terrazas  sanitarias  y  distancia  de  seguridad entre mesas.,

           La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento,  en su sesión celebrada el día 15 de marzo de 2022, aprobó las instrucciones, procedimiento  definición de los elementos  a utilizar, para la concesión de la autorización.

     

     

     

           Teniendo en cuenta que según consta en este Ayuntamiento,  en el ejercicio 2021,  ha estado utilizando Vd., la Via Publica, con mesas y sillas,  se le concede un plazo hasta el dia  30 DE MARZO DE 2022. para que solicite, la Licencia para la  Ocupación de la Via Pública con Mesas y Sillas, (terrazas) para lo cual le acompaño modelo de solicitud.

     

        Con la advertencia que  antes las quejas, que  se han venido produciendo  en años anteriores, sobre incumplimiento de las condiciones,  se va  hacer cumplir lo previsto en dicha Ordenanza, las instrucciones dictadas y consecuentemente por imperativo legal lo previsto en las disposiciones vigentes y venideras de las autoridades sanitarias estatales y autonómicas,  de lucha contra COVID que afecte a Cañamero, pidiendo la colaboración de todos en evitación del inicio de expedientes  sancionadores o revocación de la Licencia.

               Cañamero, 16 de  marzo de 2022                     

                   EL  ALCALDE

                Fdo. David Peña Morano


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