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BANDO COMPLEMENTARIO AL DE 13 DEL ACTUAL CONSECUENCIA DE LA PUBLICACION DEL RD 463/2020 DE 14 DE MARZO SOBRE LA APROBACION DEL ES

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    15-Marzo-2020 12:59
    Sanidad

    BANDO

    DON DAVID PEÑA MORANO, ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE CAÑAMERO

    HACE SABER

    Una vez publicado en el BOE del día 14 del actual el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y como complemento al Bando de la Alcaldía de fecha 13 de marzo del actual, se dita el siguiente

    Este Real Decreto se trascribe de forma parcial subrayado en archivo adjunto y también al final de este bando. Además de este Decreto, se irán dictando por los ministros designados otro tipo de normas, de las que iremos dando cuenta.
    No obstante, el Ayuntamiento quiere informar de los aspectos más relevantes que afectan al día a día de nuestros vecinos.
    El estado de alarma estará vigente hasta la medianoche del día 30 de marzo.

    Puede prorrogarse si así lo decide el Congreso de los Diputados.
    En principio, la orden es permanecer en casa.
    No obstante, la circulación estará permitida para acudir a comprar alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; ir al médico y a los establecimientos sanitarios; al trabajo (esto incluye las prestaciones profesionales que se realicen en el exterior); regresar al domicilio principal; dar asistencia a personas mayores, menores, dependientes, con discapacidad o especialmente vulnerables; ir al banco o a la compañía de seguros o salir por causa de fuerza mayor o necesidad.
    La salida con perro a la calle está permitida, pero debe realizarse individualmente, con brevedad y cuidando en todo momento el contacto con otras personas.
    Las recomendaciones de prevención deben cumplirse minuciosamente.
    No está permitido salir a correr ni hacer ejercicio en el exterior.
    Tampoco se puede salir con los niños a jugar a la calle o a los parques, que, en todo caso, permanecerán cerrados.
    Se podrá circular en coche pero sólo para realizar alguna de las actividades autorizadas: ir al supermercado, al médico, al banco, a la gasolinera, al trabajo de forma individual o conforme a las normas dictadas.
    Los establecimientos de venta de prensa y papelería, los estancos, las peluquerías, las ópticas, ortopedias, tiendas de alimentación para animales, tintorerías o tiendas de servicios informáticos permanecerán abiertos.
    Sin embargo, no se podrá permanecer en los establecimientos más tiempo que el imprescindible y habrá que respetar las medidas de alejamiento y no concentración de personas.
    Sí se mantendrá en servicio el comercio por internet, correo o vía telefónica.
    Los negocios de hostelería permanecerán cerrados. Sólo podrán seguir funcionando si ofrecen el servicio de "comida para llevar". En ningún caso pueden consumirse alimentos o bebidas en ellos.
    Todas las actividades de ocio, culturales y deportivas permanecerán cerradas.
    No habrá cine, ni teatro, ni exposiciones, ni competiciones deportivas, ni bibliotecas.
    Tampoco se celebrará ninguna fiesta popular.
    Quedan suspendidas las procesiones de Semana Santa.
    No es posible visitar a los amigos. Aunque se trata de una limitación difícilmente fiscalizable. El objetivo del Decreto es evitar en la medida de lo posible el contacto entre personas para impedir los contagios.
    Tampoco se puede visitar a los familiares, salvo que se trate de personas ancianas, dependientes, discapacitadas o especialmente vulnerables que necesiten ayuda y asistencia.
    En todo caso, deben mantenerse estrictamente las medidas de prevención: máxima higiene, distancia mínima de un metro, utilización de mascarillas, guantes... Los ancianos y las personas con patologías tienen un riesgo más elevado de contagio y de padecer gravemente la enfermedad.
    La asistencia a lugares de culto y la celebración de ceremonias civiles o religiosas (bodas, bautizos, comuniones, funerales) queda muy limitada.
    En ningún caso podrá suponer la concentración de un grupo numeroso de personas y, por supuesto, no será posible reunirse en banquetes o discotecas.
    El abastecimiento de las tiendas y supermercados está asegurado y se puede acudir a realizar la compra
    Recuerde que las concentraciones de gente están prohibidas por lo que no será raro que encuentre personal limitando a pequeños grupos la entrada en los locales.

    Además de la publicación oficial en los boletines del Estado y de las Comunidades Autónomas, los medios de comunicación tanto públicos como privados (periódicos, radios, televisiones, digitales...) quedan obligados a insertar los mensajes, anuncios y comunicaciones que las autoridades competentes tanto centrales como autonómicas o locales consideren necesario emitir

    Por otro lado en las primeras horas del próximo lunes, de darán las instrucciones necesarias para:

    a) Prestar el servicio a las personas mayores e imposibilitadas, para hacer la compra, en supermercados, farmacias y otros, por los voluntarios de Protección Civil.

    b) Las recomendaciones sobre la presencia para la obtención de certificados, documentos o consultas de los vecinos de este Ayuntamiento, que deberá ser prioritariamente por teléfono o correo electrónico.

    c) Suspensión de todas las reuniones, o convocatorias para celebrar de los órganos colegiados de este Ayuntamiento durante este periodo, asumiendo el Sr. Alcalde todas las competencias reguladas en el artículo 21 de la Ley 7/85 de 2 de abril y disposiciones concordantes

    POR ULTIMO ESTA ALCALDIA PIDE DISCULPAS A LOS VECINOS POR ESTAS MEDIDAS Y LLAMA A LA RESPONSABILIDAD DE TODOS CON EL DE ENTRE TODOS PAREMOS ESTA PANDEMIA, RECOMENDANDO QUE LO MEJOR ES QUE NOS QUEDEMOS EN CASA, CUANDO NO TENGAMOS OBLIGACIONES LABORALES O DE LAS QUE ESTAN PERMITIDAS POR EL REAL DECRETO

    Cañamero,14 de marzo de 2020
    EL ALCALDE






    Adjuntos: