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Expropiación terrenos EDAR Cañamero

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    08-Abril-2021 15:30
    Urbanismo


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    RESOLUCIÓN de 18 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por la que
    se somete a información pública la relación de bienes y derechos, así como
    sus propietarios afectados por las obras de: "Edar Cañamero". (2021060846)
    Para la ejecución de la obra: “Edar Cañamero”, es necesario proceder a la expropiación de los
    terrenos cuya ubicación y propietarios se relacionan en el correspondiente anexo.
    Aprobado técnicamente el proyecto con fecha 9 de diciembre de 2020, conforme a lo dispues-
    to en la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y su Reglamento, se abre
    un período de información pública por término de 15 días para que cualquier persona pueda
    aportar los datos oportunos, por escrito, para rectificar posibles errores en la relación que se
    publica, u oponerse por razones de fondo o de forma, a la necesidad de ocupación. En este
    caso indicará los motivos por los que debe considerarse preferente la ocupación de otros bie-
    nes o la adquisición de otros derechos distintos y no comprendidos en la relación.
    El presente anuncio y la relación que se acompaña se publicarán en el DOE, Prensa Regional
    y BOP y será expuesto al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento del municipio
    afectado.
    Los interesados podrán enviar cuantas alegaciones estimen convenientes por escrito, dirigién-
    dolas, en el plazo de 15 días, a la Secretaría General de la Consejería de Movilidad, Transporte
    y Vivienda en Mérida, Av. de las Comunidades, s/n, pudiendo asimismo examinar el proyec-
    to, que se encuentra a su disposición en la citada dirección. A efectos de lo dispuesto en la
    Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
    derechos digitales, se pone en conocimiento de todos los interesados que sus datos persona-
    les serán incorporados a un fichero automatizado titularidad de la Consejería de Movilidad,
    Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, siendo tratados por ésta con la finalidad
    de gestionar los expedientes de expropiación. Dichos datos serán cedidos a la Consejería de
    Hacienda y Administración Pública.
    Asimismo, se pone en conocimiento de los afectados la posibilidad de ejercitar los derechos
    de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo una notificación a la dirección an-
    teriormente citada.
    Mérida, 18 de marzo de 2021. La Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad. P.D.
    Resolución de 2 de marzo de 2020 (D.O.E. num. 48, de 10 de marzo). La Secretaria General
    de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda. MARÍA LUISA CORRALES VÁZQUEZ.